SANTO DOMINGO.-La Cámara de Diputados convirtió este miércoles en Ley el proyecto que modifica la ley Orgánica de la  Policía Nacional, en la que establece que no habrá reintegro de policías, salvo las excepciones que fijadas en la Constitución.

La pieza fue declarada de urgencia y aprobada en dos sesiones consecutivas,  con el voto favorable de 100 diputados y dos en contra, por lo que pasa ahora  al Poder Ejecutivo para su promulgación u observación.

 En dicha ley se  limita a 40 años el tiempo máximo de duración de un agente en la institución; además se introduce una mejor seguridad social, regula el uso de la fuerza, prioriza la prevención del delito, pero endurece el enfrentamiento de la delincuencia y  sanciona  las faltas policiales.  

Asimismo, la Ley establece además que  los altos oficiales que ocupen funciones administrativas deberán hacer sus declaraciones juradas de bienes.  

Igualmente, prohíbe a sus miembros el porte o tenencia de armas diferentes a las asignadas para el desempeño de sus funciones, de manera que ante cualquier caso, los policías tendrían que utilizar sus armas, así resultaría más fácil cualquier investigación.

El Consejo Superior Policial  reduce de 16 a 8 miembros este organismo, y reduce a 20 el número de generales.

El Consejo se reglamentará, según la Constitución y las leyes, las normas que regularán el uso de la fuerza que gobernarán el accionar de los miembros de la Policía Nacional, con el propósito de evitar los excesos o componendas, pero tampoco permitir la dejadez, es decir, cumplir con el deben de proteger al ciudadano o la propiedad con el mínimo de daños a las personas.

Se endurecen las sanciones internas a los integrantes de la institución, que van desde muy graves hasta leves, y tendrán sanciones con retenes y económicas, pero si se trata faltas con carácter delictuales, se pasarán a la justicia ordinaria.

Para los ascensos se establecen 4 años mínimos de permanencia en el rango, junto a los demás requisitos, de lo contrario los mismos serán nulos; pero como tiempo máximo de permanencia en el rango, serán de 6 años para el nivel básico y de 7 años para el nivel medio, pero si el ascenso no se produce porque no hayan cumplido los requisitos, serán retirado o separado de la institución.

Los generales serán retirados al cumplir los diez años en el rango, salvo que ocupen la Dirección General, la Subdirección General o la Inspectoría General, y el retiro se producirá al cesar de esas funciones.

Según el artículo 86, la cantidad de generales no podrá superar los 20, por lo que en un período de dos años se deberá poner en condición de retiro alrededor de 30 generales de los 50 existentes en los actuales momentos.

Por antigüedad, al alcanzar la edad y el tiempo máximo de permanencia en el servicio como miembro de la Policía Nacional, será para generales 60 años de edad y/o 40 años de servicio en la institución; oficiales superiores 55 años de edad y/o 35 años de servicio en la institución; oficiales subalternos 55 años de edad y/o 33 años de servicio en la institución; alistados en general 50 años de edad y/o 30 años de servicio en la institución.

Todos los integrantes de la Policía Nacional serán afiliados al SENASA y tendrán derechos en el régimen de Riesgos Laborales de la SISALRIL, de las cuales también serán beneficiarios los pensionados y jubilados.

Previo a su aprobación, el vocero de la bancada del PLD, Elpidio Báez, dijo que esta ley viene a fortalecer el  marco regulatorio en que se apoyará la Policía Nacional para su modernización,   profesionalización y alcanzar mayor eficacia en operatividad para prevenir y perseguir en el país.

Sostuvo que esa iniciativa recoge la voluntad colectiva de la sociedad, del Poder Ejecutivo, Senado, la Cámara de Diputados, sociedad civil, todos los grupos organizados y las iglesias.

“Todos queremos seguridad, una mejor policía capaz de dar respuesta a las urgentes demandas de seguridad en la sociedad”, apuntó el legislador Báez.

De su lado, el diputado Vinicio Castillo Seman advirtió  al pleno de los diputados dijo que esa la Ley establece la conformación de comisiones independiente a la institución para hacer investigaciones sobre el crimen y delitos, lo que viola la Constitución, el Código Procesal Penal y contaminaría cualquier tipo de proceso que tienen ver con crimen y delito.

“No puede la Ley, de ordenar a ciudadanos independiente puedan ser sustituto de las labores indelegable del ministerio Público”, apuntó Castillo Seman, por lo que llamó la atención al pleno del organismo legislativo.  

En tanto, el diputado Eugenio Cedeño criticó la reforma policial, porque no contempla un digno salario a los agentes policiales.

Indicó que esta Ley no le pone dientes ni uñas al  Departamento de Asunto Internos, quien tiene la responsabilidad de investigar ética y morales de los agentes, cuando esta encuentre indicios  penales  de uno su agente deberá notificarlo al Ministerio Público.  

Por RAMON RAMOS


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