Error
  • La plantilla no está disponible para esta presentación. Por favor, contacte con un administrador del sitio.

Tatico Henríquez murió hace 48 años, pero se mantiene vivo por su música y por enredos artísticos

Tatico Henríquez, un padre de la música típica dominicana, tiene casi 48 años que murió, pero en los últimos tiempos sigue vivo no solo por su prodigiosa y abundante música, sino por una serie de situaciones judiciales referente a los derechos de autor correspondientes al legado de su producción.

El más sonado de los casos envuelve al popular bachatero Anthony Santos “El Mayimbe”, quien salió esta semana celebrando de la Segunda Sala Penal del Distrito Nacional que declaró inadmisible el sometimiento incoado en contra del bachatero por los sucesores legales del autor y compositor Tatico Henríquez. Ahora es muy posible que haya una apelación.

La magistrada Clara Luz Almonte tomó la decisión al acoger un incidente presentado por la defensa del cantante, doctor Carlos Balcácer, quien planteó en el tribunal que la demanda presentada en su contra debió ser sometida por la vía civil y no penal.

La jueza consideró que el sometimiento por la vía penal en este caso debió ser sometido por Tatico Henríquez y no por sus sucesores, pero que como éste no está vivo, el sometimiento debió introducirse por la vía civil, no penal.

El experto en la Ley 6500 de Derecho de Autor, el merenguero y abogado Pochy Familia, aclaró que los demandantes tienen derecho a usar cualquier vía para llevar a cabo la demanda. Atribuyó a desconocimiento de la magistrada la decisión a favor del Mayimbe.

“Tal cual lo dice la Ley de Derecho de Autor, en su artículo 168 el titular o dueño de la obra puede escoger la vía que desee para entablar una demanda. Evidentemente que la magistrada no tiene conocimiento de la materia de derecho de autor, no sabiendo que el titular puede escoger la vía que quiera”, explicó Pochy Familia.

El artículo 168 de la Ley de Derecho de Autor dice: “El titular del derecho de autor o de un derecho afín, sus causahabientes, o quienes tengan representación convencional de los mismos, tiene derecho de opción de decidir por cuál vía, entre la civil, represiva o administrativa, enunciadas en la presente Ley, va a iniciar o proceder en el ejercicio de los derechos conferidos por la ley. Ninguna excepción o dilación procedimental con respecto al derecho de opción será admitida para la continuación del proceso iniciado”.

Es así que atendiendo a los motivos por lo que la demanda fue declarada inadmisible y lo que devela este artículo la familia de Tatico Henríquez, estaría levantando un recurso de apelación, en los próximos días.

La demanda en contra Domingo Antonio Santos, conocido artísticamente como Anthony Santos fue presentada a través del abogado Wagner Rodríguez, en el 2022, por Elba Chaljub Mejía y Julio García Reynoso, sucesores legales del autor y compositor dominicano Tatico Henríquez.

En la demanda se alega que Chaljub Mejía y García Reynoso son los reales propietarios de la obra musical titulada “Corazón de piedra”, conforme al certificado No. 0006608, de la Oficina Nacional de Derecho de Autor.

Las defensas de los parientes de Tatico acusan al Mayimbe de grabar, comercializar y mutilar la canción “Corazón de piedra”, cambiando el título de “La funda”.

Los familiares en la demanda reclamaban una indemnización “de los daños morales y materiales sufridos, que han sido evaluados por la suma de 10 millones de pesos”.

REACCIÓN

Luego de conocerse el fallo Anthony Santos salió satisfecho con los resultados del dictamen y dijo que espera que la sentencia a su favor sirva de referente para que ningún artista dominicano vuelva a pasar por algo parecido.

“Jamás, pero jamás se permita dar curso a demandas que solo llevan en su interior malas intenciones, basadas en el engaño, el perjurio e indignación de los artistas dominicanos”, publicó en un post en Instagram.

“El Mayimbe” también espera que su caso aporte “un grano de arena por la causa de mis compañeros músicos (típicos y bachateros) que han sido fruto de atropello a causa de demandas y persecuciones injustas por parte de los que hoy en día la justicia dominicana les pasó cuentas”.

Sobre el tema, la merenguera Fefita La Grande también aprovecho su cuenta de Instagram para dar las gracias al bachatero y denunció que los hijos de Tatico Henríquez por cobrarle dinero por cantar sus merengues. 

“Ya los hijos de Tatico me cogieron mi dinero que con tanto trabajo lo consigo. Dios se lo multiplique. A mí me llevaron mucho dinero, yo diría que no todos los hijos son iguales”, escribió la merenguera típica.

REUNIÓN DE SGACEDOM

Representantes de la Sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de la Música (Sgacedom) sostuvo un encuentro con los familiares de los fenecidos merengueros Tatico Henríquez y Ñico Lora y con merengueros típicos del Cibao.

Según expuso Pochy Famlia el conversatorio se realizó para llevar el conocimiento sobre el Derecho de Autor y la función de las entidades de gestión, como en este caso Sgacedom.

Familia les explicó que cuando una obra sale a la luz pública, el cantante puede interpretarla las veces que desee, en cualquier lugar del mundo y no tiene que pagar derecho de autor ni al dueño de la obra, ni a los familiares, en caso de que el autor ya no esté con vida. 

“Ahora bien lo que no puede hacer un artista es fijarla, es decir grabar esa canción o cantarla y compartirla por medios digitales y monetizar con ella, de hacer eso debe pedir una licencia al autor o a sus familiares”, expresó.

Pochy explicó que muchas veces los artistas son grabados por el público y son compartidos en las redes, y esto escapa a su responsabilidad. 

“Lo que no puede hacer un artista es cantar una canción sin autorización del dueño y subirla a sus redes sociales o su canal de YouTube para monetizar con ese material”, explicó.

Sobre el caso de los hijos de Tatico Henríquez, Pochy les explicó que estos no tienen derecho de ir a las actividades a cobrar o a prohibirle a ningún merenguero que interprete las canciones autoría de su padre.

“Los hijos de Tatico no tienen derecho a cobrar personalmente ni a prohibir que se ejecuten los merengues de este, quienes tienen derecho son las entidades de gestión colectiva, que a su vez son quienes distribuyen a sus familiares. Ellos le cobraban a Fefita por desconocimiento y ella les pagaba para evitar el escándalo”, sostuvo.