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Prohiben Mediante resolución Andar Dos Personas En Un Motor

Santo Domingo

La Dirección General de Tránsito Terrestre prohibió ayer, mediante la resolución 02-16, que conductores de motocicletas transiten con otra persona en la parte trasera. La medida entrará en vigor a partir del próximo lunes.

Para adoptar la disposición, en la misma resolución, el organismo hace una clasificación de las motocicletas existentes en el país y las divide en tres grupos: las dedicadas al transporte de pasajeros (motoconcho), las dedicadas a mensajería en empresas públicas y privadas y las utilizadas por su propietario como medio de transporte individual.

La medida dispone que tanto el conductor como la persona que vaya en la parte trasera de la motocicleta deberán llevar casco protector.

La medida ha sido adoptada luego de que desde hace casi dos meses Listín Diario iniciara una campaña dirigida a poner en conocimiento del país y de las autoridades el grado de delincuencia que existe, destacando que 80% de los atracos se cometen desde motocicletas.

“Únicamente las motocicletas dedicadas al transporte de pasajeros quedan autorizadas a llevar en la parte trasera de dicho vehículo a otra persona, debiendo para ello llevar puesto en su cabeza, tanto el conductor como el pasajero, un casco protector confeccionado de un material resistente e inastillable, que le ayude a proteger esa parte de su cuerpo, en caso de sufrir un accidente de tránsito”, precisa el artículo segundo de la resolución.  

 Ese mismo artículo señala que la DGTT encaminará esfuerzos con otras instituciones estatales y privadas, a los fines de implementar en el futuro cercano un sistema que permita dotar a los motociclistas de un chaleco reflectivo, debidamente numerado, que permita la fácil identificación de estos conductores por parte de las autoridades.

La medida prohíbe “terminantemente” a los conductores de motocicletas dedicadas a mensajería, llevar en la parte trasera a otra persona, sea de modo gratuito o por pago de dinero.

Aquellos que utilizan sus motocicletas para su transporte individual también tienen la misma prohibición, con la facilidad de que si quieren transportar otra persona deben solicitar un permiso a la DGTT.

“En este caso el propietario podrá solicitar un permiso a la Dirección General de Tránsito Terrestre, para que sea autorizado a transportar otra persona en la parte trasera de su motocicleta”, precisa la resolución.

El párrafo II del artículo cuarto de la resolución precisa que la DGTT valorará los argumentos sustentados por los solicitantes y decidirá si le otorga o no el permiso. En caso de una respuesta positiva, el solicitante deberá estar provisto de la matrícula de motor, licencia, seguro y casco correspondientes, así como tener los mecanismos de seguridad de la motocicleta, en perfecto estado.

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FACILIDADES PARA EXPEDIR LICENCIAS

El artículo quinto establece lo siguiente: “La Dirección General de Tránsito Terrestre explorará vías y mecanismos para, junto a otras entidades públicas y privadas, incentivar y facilitar que los motociclistas puedan obtener su correspondiente licencia de conducir y así ponerse a tono con lo establecido por la ley”.

La resolución entrará en vigor a partir del día 15 del próximo lunes, para dar oportunidad a propietarios y usuarios de motocicletas a hacer los ajustes de lugar y ponerse al día con sus disposiciones. Instruye a la Amet para que, en su calidad de fiscalizadora, “proceda a hacer cumplir la presente resolución”.